Las «Pulseras Electrónicas de Control Telemático de Proximidad» son unos dispositivos que en base al art. 48.8 del Código Penal español pueden ser utilizados para el control del alejamiento de un inculpado/condenado en relación a las víctimas, normalmente como efecto directo de una condena y la aplicación de uno de estos dos siguientes protocolos
Los Protocolos de Actuación
- a) Protocolo de actuación del sistema de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas y penas de alejamiento en materia de violencia de género
- b) Protocolo de actuación en el ámbito penitenciario del sistema de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas y penas de alejamiento en materia de violencia de género
Dispositivos Físicos intervinientes
El sistema de control consta de 3 dispositivos físicos: dos de ellos los lleva el inculpado/condenado (unidad DLI – Brazalete y Unidad 2 track) y un tercero asignado a la víctima (unidad DLV – Unidad 2 track) y está monitorizado por el Centro de Control Cometa, que es el que interacciona con los actores afectados (inculpado, víctima, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad) cuando salta alguna alarma y con los órganos judiciales, Ministerio Fiscal y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
1) El primero de los dispositivos es un brazalete que emite una señal de radiofrecuencia (Unidad DLI) que se suele colocar en el tobillo, incorpora unos sensores que permiten detectar su manipulación o rotura, así como la ausencia de contacto con la piel del usuario. Este es uno de los dos aparatos que lleva el inculpado.
2) El segundo dispositivo se conoce como «unidad 2 track», es muy parecido a un teléfono móvil y funciona de manera similar a un Smartphone normal (transmitiendo voz y datos) y recoge la señal de radiofrecuencia emitida por el brazalete. El inculpado debe llevar consigo, siempre, los dos aparatos (unidad 2 track y DLI).
3) El tercer dispositivo lo lleva la víctima, llamado DLV o también » unidad 2 track»; es muy similar al dispositivo del inculpado, pero éste incorpora una antena exterior de radiofrecuencia (RF) que permite detectar la señal de radiofrecuencia del transmisor de RF del inculpado/condenado.
A continuación se muestra un esquema básico de funcionamiento:
Fuente: Periódico ABC http://www.abc.es/sociedad/abci-73-por-ciento-pulseras-contra-maltrato-compraron-2009-no-usado-201603162156_noticia.html
Sobre los avisos que gestiona el sistema
Los avisos que generan están tipificados en dos categorías: Alarmas y Alertas
Tipos de Alarmas:
- Incidencia técnica grave: toda incidencia que afecte a cualquiera de los dispositivos componentes del sistema y suponga el cese, interrupción temporal o total de su funcionamiento.
- Entrada del inculpado o condenado en zona de exclusión fija (distancia y lugar establecido en la condena).
- Aproximación a la víctima, es decir, entrada en la zona de exclusión móvil (distancia establecida en la condena) o pérdida de cobertura del sistema de localización.
Tipos de Alertas:
- Incidencia técnica leve: toda incidencia que afecte a cualquiera de los componentes del sistema que suponga un funcionamiento anormal del sistema, pero no su interrupción.
- Aproximación del inculpado o condenado a la zona de exclusión.
- Activación del botón de pánico, del dispositivo DLV por parte de la víctima.
Sobre el Sistema de Medición
El sistema mide la distancia entre los terminales en base a la distancia en línea recta, es decir, la distancia entre dos puntos GPS por lo que se trata de una distancia teórica, puesto que si lo que se pretende medir no es la distancia en línea recta entre dos puntos sino el trayecto a realizar, es decir, el desplazamiento para llegar desde un punto origen a otro destino entonces se han de tener en cuenta toda una serie de elementos y variables a considerar como son: los accidentes orográficos (acantilados, ríos, lagos, valles, etc.), las barreras arquitectónicas (edificaciones, barreras arquitectónicas, muros, vallas, raíles del tren, autopistas y autovías, etc.), los posibles caminos (puentes, pasos subterráneos, pasos elevados, caminos únicos transitables, etc.), etc., y en las situaciones reales la distancia de trayecto (o de recorrido) entre dos punto suele diferir sustancialmente.
Esta consideración del recorrido a realizar frente a la distancia teórica existente entre dos puntos puede plantear serios problemas en cuanto a la consideración del quebrantamiento de condena por proximidad, puesto que los individuos calculan/estiman mentalmente de una forma natural la distancia en términos de recorrido y no en términos de distancia recta sin obstáculos.
A continuación se muestra un ejemplo de distancia recta (medición GPS) frente a distancia del recorrido (trayecto natural y real del individuo):
En el ejemplo que se muestra la distancia GPS en la línea recta imaginaria entre los dos puntos (Calle del Sol, nº 1 y Calle Pau Bruna) es de 66,01 metros.
Sin embargo, entre dichas localizaciones existen las vías del tren y una estación, por lo que se obtienen dos recorridos factibles, el de la derecha obliga a pasar por una barrera con paso a nivel para cruzar las vías del tren y el de la derecha que obliga a llegar a una redonda elevada para poder superar las vías.
Si se calcula la distancia del trayecto «a pie» el cual no está condicionada al sentido de la marcha (como es el caso de los vehículos), aún y así se obtienen valores altos de distancia, y se aprecia que el camino de la derecha tiene un trayecto de 600 metros de recorrido y el de la izquierda de 500 metros, ambos difieren en gran medida del valor de los 66 metros calculado como la distancia recta entre dos puntos por el GPS.
Análisis Pericial del Quebrantamiento de Condena
Los registros del Sistema Cometa es la base documental oficial utilizada para poner en evidencia si ha existido una quebrantamiento de la condena por parte del inculpado/condenado o si se ha respetado la misma.
Con independencia de la consideración de la distancia normal frente a la distancia teórica del GPS ya comentada.
El sistema Cometa, genera un listado con cada uno de los avisos realizados y es un registro que normalmente posee esta estructura:
<Tipo de incidencia o aviso> ; fecha-hora inicio ; fecha-hora fin ; última localización del inculpado o vigilado (dirección según GPS) ; última localización de la víctima o protegida (dirección según GPS).
A la hora de analizar los registros del sistema Cometa para determinar el posible quebrantamiento de condena se ha de tener en cuenta una serie de factores a considerar en el análisis de los registros del informe del sistema Cometa, tales como: los solapes, incoherencias de distancias entre registros cercanos temporalmente, avisos fuera de rango de distancias de condena, registros consecutivos, tipo de exclusión, incidencias y malfuncionamiento del dispositivo, falsos avisos, etc.
Estos dispositivos son muy útiles para el propósito que se pretende con ello, y éste no es otro que obtener la tranquilidad y seguridad de la víctima y la certeza de que el inculpado está cumpliendo su condena de forma adecuada, respetando las distancias de exclusión.
No obstante, a la hora de considerar el quebrantamiento de la condena del inculpado/condenado se debería tener en cuenta cuál es el espíritu de la medida aplicada y, para poder ser totalmente objetivo, el dispositivo no debe generar desasosiego a causa del malfuncionamiento en el día a día y desde el punto de vista pericial la información de los registros que genera el sistema Cometa se han de analizar a fin de depurar las incoherencias o información equívoca que pudiera contener y con ello eliminar todos aquellos registros que realmente no indican un incumplimiento del inculpado/condenado.