La semana pasada tuve la oportunidad de ser ponente en la charla “Incurrir en un delito por encargo del Cliente” patrocinado por la UEI – CE (Unío Empresarial Intersectorial – Cercle de Empresarís) de Granollers y de la mano de la ACPJT.
Tras la exposición y desarrollo del tema se generó un debate muy participativo del cual se obtuvieron una serie de conclusiones que a continuación os expongo.
Cuando un cliente contrata a un perito siempre desea que el dictamen del informe pericial sea lo más favorable posible en su provecho, pero el perito por definición es un profesional neutro e imparcial, es en está situación donde pueden comenzar las acciones de los clientes para manipular o inducir al perito en sus conclusiones.
Se pueden presentar dos tipos de errores en el informe:
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Los errores invencibles para el perito (desde el punto de vista legal) como son la ocultación de información o tergiversación de la misma por parte del cliente.
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Los errores vencibles para el perito (desde el punto de vista legal) como podrían ser el dejarse llevar por la influencia u opinión del cliente o por la manipulación consciente de los resultados o conclusiones para que estas sean favorables al cliente.
Por otro lado, aunque el cliente consiguiese que el perito dictaminara favorablemente sin ser un reflejo de la realidad, los dictámenes están sujetos a discusión, oposición y crítica, por lo que después el informe sería contrastado y ratificado, hecho éste que podría poner en serio compromiso al perito.
Los errores invencibles no tienen consecuencias legales para el perito pero los errores vencibles sí que las tienen y los mismos estarían incluidos dentro de los delitos de incumplimiento de la legalidad (soborno o cohecho, falso testimonio y alteración de la verdad).
Por otro lado, si el informe del perito no termina formando parte de una causa en un Tribunal, no supone ninguna consecuencia penal para el perito el haber incurrido en incumplimientos de la legalidad por acciones de alteración de la verdad.
El hecho que un informe pericial pueda llegar a ser presentado ante un Tribunal como medio de prueba, es un elemento muy importante de la aplicación del principio de Aportación de la Parte que juega a favor de la misma que lo presenta, pero ineludiblemente para que el informe posea las garantías procesales de neutralidad e imparcialidad, el perito ha de ser integro y consecuente con sus obligaciones como profesional, cumplimiento con el código deontológico, ejecución de las buenas prácticas, utilización de los estándares llevando a cabo siempre una buena praxis profesional.
Lamentablemente, no siempre los profesionales que nos ofrecen los servicios cumplen con estos preceptos, es por ello que ante la necesidad de tener que utilizar los servicios de un perito, una buena recomendación es que se hiciese servir las instituciones profesionales (colegios y asociaciones) o acudir a profesionales de experiencia o profesionalidad contrastada en el tema o especialidad solicitada. Como clientes se ha de exigir las credenciales, las titulaciones o los méritos del experto que se quiera contratar.
Como otros muchos temas en esta vida, se ha de ser precavido con la contratación de los peritos que ofrecen el servicio más económico, aunque se diga que se está ofreciendo el mismo servicio y que el resultado es idéntico ya que, en muchas ocasiones, se estará perdiendo respecto a la calidad y en profesionalidad y, al fin y al cabo, un peritaje es un tema muy serio, delicado y transcendente por sus consecuencias y en el cual, a mi entender, no se debería escatimar en el coste (siendo éste justo) sino considerarlo como una inversión que bien ejecutada ofrece un resultado satisfactorio e irrefutable.